Delitos de descubrimiento y revelación de secretos

Abogados penalistas en Barcelona especializados en delitos contra la intimidad: acceso ilícito a datos, comunicaciones o dispositivos y revelación de información privada

Los delitos de descubrimiento y revelación de secretos tienen como finalidad proteger la intimidad, la privacidad y el control que cada persona tiene sobre su información personal. Se trata de un ámbito especialmente relevante en la actualidad, dada la facilidad con la que hoy se accede a los datos, se almacenan y se difunden en el entorno digital.

El Código Penal español regula estos delitos en los artículos 197 a 201 y protege como bien jurídico el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar, así como el secreto de las comunicaciones. A diferencia de otros delitos —como los patrimoniales o los delitos contra el orden público—, aquí no se protege frente a un perjuicio económico directo ni se tutela la estabilidad colectiva, sino la esfera más privada de la persona: se garantiza que nadie pueda acceder a información sensible, utilizarla o difundirla sin su consentimiento.

Estos delitos engloban diversas conductas que tienen en común la vulneración de la intimidad de una persona sin su consentimiento. El Código Penal distingue distintos supuestos en función de cómo se accede a la información y de si esta se difunde después.

Acceso ilícito a datos, comunicaciones o imágenes (art. 197.1 y 197.2 CP)

En primer lugar, se castiga el acceso ilícito a datos o información personal, ya sea mediante el apoderamiento de documentos, la interceptación de comunicaciones o el uso de medios técnicos para captar imágenes o sonidos.

Estas conductas no requieren necesariamente la difusión posterior de la información: el simple hecho de acceder a ella sin autorización ya puede ser constitutivo de delito.

Revelación o difusión de la información (art. 197.3 CP)

En segundo lugar, el Código Penal sanciona la revelación o difusión de secretos o datos reservados. En estos casos la gravedad aumenta, porque no solo se vulnera la esfera privada, sino que el perjuicio se amplifica al hacerse pública la información.

Esto incluye, por ejemplo, la difusión de contenido íntimo a terceros o a través de internet.

Supuestos agravados y responsabilidad de las empresas

También se prevén supuestos agravados, como cuando los hechos los cometen las personas encargadas o responsables de ficheros o bases de datos, o cuando interviene un funcionario público. En este último caso la respuesta penal puede ser más severa, dada la posición de garantía y el cargo público que ostenta.

Por otra parte, el Código Penal prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas en estos delitos, de modo que empresas o entidades pueden ser penalmente responsables cuando estas conductas se llevan a cabo en el marco de su actividad o con la finalidad de obtener cualquier beneficio particular.

Conviene distinguir estos supuestos de los que afectan a la información confidencial de una compañía (datos comerciales, procesos productivos, listados de clientes…), que el Código Penal regula por separado como delitos de revelación de secretos de empresa (artículos 278 a 280).

Por último, estos delitos pueden concurrir con otras figuras penales, especialmente en el ámbito tecnológico, dado el crecimiento exponencial de la protección de datos y de la seguridad de la información en una sociedad cada vez más digitalizada.

Penas por el delito de revelación de secretos

Las penas previstas para estos delitos son notablemente graves:

  • Descubrimiento (acceder a la información sin consentimiento): de uno a cuatro años de prisión y multa de doce a veinticuatro meses.
  • Descubrimiento y revelación de la información descubierta: de dos a cinco años de prisión.
  • Supuestos agravados: en determinados casos, la pena puede llegar a los siete años de prisión.

¿Es necesaria la denuncia de la víctima? (art. 201 CP)

Con carácter general, para perseguir estos delitos es necesaria la denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Si la víctima es menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida, también puede denunciar el Ministerio Fiscal.

La denuncia no es necesaria cuando los hechos los comete una autoridad o funcionario público en el ejercicio de su cargo, ni cuando afectan a los intereses generales o a una pluralidad de personas. Además, el perdón del ofendido extingue la acción penal.

Caso de éxito:
Periodistas exonerados en el caso Dina

En SMK Abogados hemos intervenido en procedimientos por descubrimiento y revelación de secretos de gran repercusión pública.

Uno de los más conocidos es el caso Dina, en la Audiencia Nacional: los periodistas defendidos por Sergi Mercé Klein quedaron totalmente exonerados de responsabilidad penal tras el perdón de los perjudicados y la retirada de la acusación.

Ver caso completo: Exonerados los periodistas del caso Dina

como ayudarte

¿Cómo podemos ayudarte en SMK?

Los delitos de descubrimiento y revelación de secretos presentan una especial complejidad, sobre todo en el entorno digital, donde la línea entre una conducta lícita y una infracción penal puede ser difusa. El acceso a dispositivos, la compartición de contenidos o la gestión de datos personales pueden dar lugar a situaciones en las que la calificación jurídica no es inmediata y requiere un análisis técnico y detallado.

En SMK Abogados te ofrecemos una defensa penal estratégica y personalizada en todas las fases del procedimiento:

  • Defensa de personas investigadas o acusadas por acceso no autorizado a correos electrónicos, mensajes o dispositivos
  • Defensa en procedimientos por revelación o difusión de información privada
  • Asistencia letrada inmediata en comisaría y juzgados
  • Definición de la estrategia procesal desde la fase de investigación

SMK abogados, especialistas en delitos de revelación de secretos

Sergi Mercé Klein dirige SMK Abogados desde hace más de 25 años, siendo uno de los abogados penalistas con mayor experiencia en la defensa de procedimientos complejos, incluidos los delitos de descubrimiento y revelación de secretos.

Contamos con una amplia experiencia en la defensa de particulares y profesionales investigados o acusados por este tipo de delitos, y hemos intervenido en procedimientos de notable relevancia, algunos de ellos con impacto mediático.

Esta experiencia nos permite abordar cada caso con una estrategia sólida, adaptada a sus circunstancias concretas y orientada a la mejor defensa posible de los intereses de nuestros clientes. Si necesitas asesoramiento penal especializado en Barcelona en materia de delitos contra la intimidad, nuestro equipo te ofrece una defensa rigurosa, estratégica y plenamente personalizada.

Sergi Mercé Klein
Sergi Merce Klein en audiencia del caso Dina

Exonerados los periodistas del caso Dina

En la primera sesión del juicio celebrado en la Audiencia Nacional, los periodistas defendidos por Sergi Merce Klein han quedado totalmente exonerados de responsabilidad penal, tras el perdón otorgado por Dina Bousselham y Pablo Iglesias.

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Experiencias de quienes confiaron en nosotros

“Una experiencia excelente con este despacho. Desde el primer momento me atendieron con profesionalidad, cercanía y un trato humano impecable. Me explicaron todo con claridad, resolvieron mis dudas y defendieron mis intereses con eficacia. Me sentí acompañado en todo momento. Sin duda, los recomiendo al 100% con mención especial para Sergi Mercé, titular del despacho que estuvo siguiendo el asunto en todo momento! Mil gracias equipo!”

— D.N.

“He tenido la oportunidad de confiar en este despacho en varias ocasiones, y siempre con resultados excelentes. Su nivel de profesionalidad y dedicación es sobresaliente. Quiero destacar especialmente un caso penal muy complejo de acoso laboral que llevaron con una sensibilidad, firmeza y eficacia admirables, logrando un resultado inmejorable. Mi agradecimiento eterno a todo el equipo, y en particular a Sergi Mercé, por su entrega, cercanía y compromiso durante todo el largo proceso.”

— M.B.

“Veníamos de otro bufete desesperados por la no adecuada defensa y nuestra alegría al comprobar que este bufete es un 10. Muy competentes, agradables empáticos y a la altura de los mejores. Muy agradecidos con toda la atención y el seguimiento que nos han dispensado. Gracias Patricia y Sergi.”

— I.V.

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