El delito de acoso laboral: qué es, cómo se prueba y qué consecuencias tiene

¿Qué es el acoso laboral?

El acoso laboral, también conocido como mobbing, puede definirse de forma general como “el hostigamiento al que, de forma sistemática, se ve sometida una persona en el ámbito laboral, y que suele provocarle serios trastornos psicológicos”.

El término mobbing proviene del inglés mob (banda o pandilla). Aunque en ocasiones el acoso es ejercido por varias personas, lo habitual es que lo realice un único acosador.

Un grupo de expertos de la Unión Europea lo ha descrito como “comportamiento negativo entre compañeros o entre superiores e inferiores jerárquicos, a causa del cual el afectado es objeto de acoso y ataques sistemáticos y durante mucho tiempo… con el objetivo y/o el efecto de hacerle el vacío”.

En la exposición de motivos de la LO 5/2010, que modificó el Código Penal, se define como “hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial que humille a quien lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad”.

En definitiva, todas las definiciones coinciden en lo mismo: una presión psicológica persistente que busca desacreditar, aislar o humillar al trabajador.

Conductas típicas de acoso laboral

El acoso laboral puede manifestarse mediante:

  • Maltrato verbal: gritos, insultos, amenazas o burlas.
  • Aislamiento social: no comunicarte contigo, excluirte de reuniones o eventos.
  • Desprestigio profesional: infravalorar o ridiculizar tu trabajo.
  • Modificación de tareas: asignar funciones inútiles, vaciar de contenido tu puesto o imponerte tareas imposibles.
  • Perjuicios económicos: retrasos reiterados en el pago de tu salario.

Lo habitual es que estas conductas se combinen, generando un entorno laboral hostil e insostenible para la víctima.

 

¿Cómo se demuestra el acoso laboral?

Para acreditar una situación de mobbing, las principales pruebas son:

  • Declaración de la víctima (esencial en muchos procedimientos).
  • Testimonios de compañeros de trabajo (siempre que estén dispuestos a colaborar).
  • Informes psicológicos que certifiquen el daño sufrido.
  • Grabaciones de audio o vídeo (siempre que no hayan sido manipuladas).

El Tribunal Supremo establece que la declaración de la víctima puede ser suficiente, siempre que cumpla tres condiciones: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la acusación.

 

¿Está penado el acoso laboral en España?

Sí. Desde la reforma del Código Penal de 2010, el artículo 173.1 castiga el acoso laboral cuando:

  • Se produce en una relación laboral o funcionarial.
  • Lo ejerce una persona con relación de superioridad (jefe o mando intermedio).
  • Consiste en actos hostiles o humillantes.
  • Se da de forma reiterada.
  • Provoca un grave acoso, aunque no llegue a trato degradante.

¿Y si hay lesiones psicológicas por acoso laboral?

Si el acoso deriva en lesiones psíquicas (ansiedad, depresión, insomnio, etc.), el agresor puede ser condenado además por un delito de lesiones (art. 147.1 CP). Esto agrava la pena, ya que se castigan dos delitos: acoso + lesiones.

 

¿Quién responde económicamente?

El acosador puede ser condenado a pagar una indemnización a la víctima. Además, la empresa (pública o privada) puede tener responsabilidad civil subsidiaria si no actuó para evitar el acoso, según los artículos 120 y 121 del Código Penal.

 

¿Puede ser condenada una empresa por acoso laboral en Barcelona?

Sí. Con la Ley Orgánica 10/2022, también las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por no haber prevenido el acoso dentro de su organización.

Las consecuencias pueden ser muy graves:

  • Multas económicas.
  • Suspensión de la actividad hasta 5 años.
  • Cierre de locales o centros de trabajo.
  • Prohibición de contratar con la administración pública.
  • Incluso disolución de la empresa.

Por eso, si eres empleador, es fundamental implantar protocolos de prevención del acoso laboral y actuar ante cualquier señal de alerta.

 

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